Contrato de arrendamiento de vivienda urbana
Completa el formulario y descarga el PDF al instante. Sin registro, sin pago. Incluye selector de garantía (fiador o codeudor), amoblado, propiedad horizontal y recuadro de huella dactilar junto a las firmas.
Datos del arrendador
Datos del arrendatario
Datos del inmueble
Vigencia del contrato
Canon y forma de pago
Garantía
Fiador y codeudor son figuras legales distintas — el fiador responde solo si antes se ha intentado cobrar al arrendatario; el codeudor puede ser cobrado directamente desde el inicio.
Condiciones adicionales
Lugar y fecha de firma
Segundo testigo (opcional)
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Contrato en blanco — Word (.docx)
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Descargar plantilla (.docx)¿Qué es un contrato de arrendamiento de vivienda urbana?
Es el acuerdo mediante el cual el arrendador entrega al arrendatario el uso de un inmueble destinado exclusivamente a vivienda, a cambio del pago de un canon mensual. Se rige principalmente por la Ley 820 de 2003, que regula desde las notificaciones entre las partes hasta las causales de terminación.
Canon dentro del tope legal — máximo 1% del valor comercial del inmueble (art. 18)
Reajuste anual limitado al IPC — certificado por el DANE del año anterior (art. 20)
Sin depósito en dinero — prohibido expresamente por el art. 16
Garantía opcional — fiador o codeudor, cada uno con sus propias cláusulas
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Ir al generadorPreguntas frecuentes sobre el contrato de vivienda urbana
¿Puedo exigir un depósito en dinero como garantía del contrato?
No. El artículo 16 de la Ley 820 de 2003 prohíbe expresamente exigir depósitos, cauciones u otras garantías en dinero para el arrendamiento de vivienda urbana, ya sea de forma directa, por medio de un tercero o bajo cualquier otro nombre — es una prohibición expresa que no se puede rodear. Lo que sí está permitido es exigir un depósito para garantizar el pago de los servicios públicos, hasta por el equivalente a dos períodos de facturación (art. 15).
¿Qué diferencia hay entre fiador y codeudor?
Son figuras legales distintas, no intercambiables. El codeudor asume una obligación solidaria desde la firma del contrato: el arrendador puede cobrarle directamente, sin necesidad de reclamar antes al arrendatario, y queda vinculado durante todo el contrato y sus prórrogas. El fiador tiene una obligación subsidiaria y goza del beneficio de excusión (art. 2383 del Código Civil), es decir, normalmente el arrendador debe intentar cobrar primero al arrendatario; además, la fianza suele cubrir solo el período inicial y debe renovarse en cada prórroga. Guía completa del codeudor →
¿Qué implica que el inmueble esté sometido a propiedad horizontal?
Significa que el inmueble forma parte de un edificio o conjunto con reglamento de propiedad horizontal y administración propia. El arrendatario, aunque no sea propietario, debe conocer y cumplir ese reglamento y las decisiones de la asamblea y el consejo de administración en lo que le corresponda como ocupante — por ejemplo, horarios de zonas comunes o normas sobre mascotas.
¿Puede el arrendador subir el canon cada año?
Sí, pero con dos límites legales. El canon inicial no puede exceder el uno por ciento (1%) del valor comercial del inmueble (art. 18, Ley 820 de 2003). El reajuste anual, por su parte, está limitado al índice de precios al consumidor (IPC) certificado por el DANE para el año inmediatamente anterior (art. 20) — se recomienda verificar el porcentaje vigente antes de aplicarlo, ya que cambia cada año. Calcular el tope de reajuste →
¿Qué es la cláusula de mérito ejecutivo que incluye este generador?
Es una cláusula que permite exigir el pago de obligaciones dinerarias del contrato (canon, servicios, daños) por la vía judicial ejecutiva, sin necesidad de un requerimiento previo — esto agiliza el cobro de la deuda. No debe confundirse con el desalojo: obtener la entrega física del inmueble requiere un proceso judicial de restitución de inmueble arrendado en Colombia cuando no exista entrega voluntaria del inmueble, independientemente del mérito ejecutivo.
¿Este generador reemplaza el formato Minerva que se compra en papelerías?
Genera el mismo contrato de vivienda urbana, basado en la Ley 820 de 2003, sin necesidad de comprar el formato preimpreso. No tenemos ninguna afiliación con Legis S.A. ni con la marca Formas Minerva — si buscabas específicamente ese formato, puedes ver el detalle de la comparación aquí. Alternativa al formato Minerva →
Documento orientativo basado en la Ley 820 de 2003. No constituye asesoría jurídica. Se recomienda consultar a un abogado antes de firmar cualquier contrato.